El Ayuntamiento de Sabiñánigo, de la provincia de Huesca, ha estimado conveniente adoptar su bandera municipal. A tal efecto, y de acuerdo con las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, elevó, para su definitiva aprobación, el correspondiente proyecto y memoria descriptiva de la misma.
El expediente se sustanció con arreglo a las normas de procedimiento establecidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales, habiéndose emitido el preceptivo informe por la Real Academia de la Historia.En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 21 de enero de 1992,
DISPONGO:Artículo único. Se autoriza al Ayuntamiento de Sabiñánigo, de la provincia de Huesca, para adoptar su bandera municipal, que quedará organizada de la siguiente manera:
Dado en Zaragoza, a veintiuno de enero de mil novecientos noventa y dos.
El Presidente de la Diputación General, EMILIO EIROA GARCIA
El Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA.
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